Titulares

Reglamento para la obtención del segundo grado de la especialidad

 

REQUISITOS II GRADO

Todo  aspirante  a  la  obtención  del  título   de especialista  de Segundo Grado, deberá entregar al  Vicerrector o Vicedano de Postgrado de las Universidades y Facultades de Ciencias Médicas, un expediente que contenga los  documentos que se relacionan a continuación:

a)   Carta de solicitud del aspirante.

b)   Aval  del  Consejo  Científico de la institución donde trabaja el  aspirante, sintetizando  los  elementos  que fundamentan y justifican aprobar dicha solicitud.

c)   Constancia  expedida por la dirección de la unidad a la que está vinculado el aspirante.

d)   Aval del Vicedecano de postgrado de las Facultades.

e)   Curriculum vitae actualizado, incluyendo los documentos que hagan constar los aportes del aspirante al  desarrollo de la especialidad y el nivel científico-técnico y profesional  alcanzado con  posterioridad a  la  obtención del título de especialista de primer grado. Este currículum debe estar en correspondencia con la especialidad a que aspira.

 Se consideran requisitos para optar por el Titulo de Segundo Grado y que conforman el currículum vitae los siguientes:

a)   Certificaciones acreditativas de haber presentado diez o más trabajos sobre la especialidad a la que  aspira,  en congresos, simposios, jornadas y cualquier otra actividad científica de nivel municipal, provincial, nacional o internacional. 

b)   Certificación que acredite haber recibido cursos o adiestramientos nacionales  o extranjeros, provinciales y municipales, con  una  duración total  equivalente como mínimo a 200 horas. No se aceptarán cursos o entrenamientos  con menos de 20 horas  de  duración. Del total de cursos, al menos dos de ellos deben estar relacionados  directamente  con la especialidad a la  que  se aspira.

c)   Certificaciones que acrediten la participación del  aspirante como profesor en cursos de postgrado de la especialidad  en que aspira u otras afines, con no menos  de  60 horas acumuladas impartidas personalmente, así como la evaluación otorgada por la institución que los  organizó. En cada caso debe precisarse la fecha y lugar donde  se impartieron los cursos. 

d)  Presentación,  para su evaluación por el tribunal, de  los ejemplares completos de dos trabajos publicados, con las siguientes consideraciones:

1.   Debe ser publicado en revistas científico-técnicas cubanas, provinciales o nacionales,  impresas o electrónicas con sello del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) y extranjeras publicadas en Base de datos LILACS y SCIELO.

2.   El aspirante debe aparecer como primer autor.

3.   El tema publicado debe corresponder con la especialidad a que aspira.

4.   Podrá  considerarse  como equivalente a  una  publicación científica la participación como autor en: la elaboración de  planes y programas de estudios, con el aval de la autoridad del nivel de aprobación correspondiente, las  patentes obtenidas o informes de registro sobre ensayos clínicos realizados, con el correspondiente aval del Centro Nacional Coordinador de Ensayos Clínicos (CENCEC) o Centro para el Control Estatal de la Calidad de los Medicamentos (CECMED), la  confección  de un video,  diapofonograma  o software docente, con el aval del Decano o Rector de la Facultad o Instituto donde se elaboró o el Centro de Computación Aplicada a la Medicina (CECAM), según corresponda, que expresen su calidad, nivel científico y aplicabilidad.

e)   La publicación de un libro sobre  la especialidad  a  la que se aspira, puede  considerarse suficiente  en  cuanto  al  requisito  de  publicaciones,  si constituye un aporte significativo a las  Ciencias  Médicas, a nivel nacional o internacional. 

f)    Constancia de la participación como miembro de tribunales para  el otorgamiento de  grados científicos, categorías docentes, exámenes estatales externos de pre y postgrado, encuentros nacionales de conocimientos, eventos científicos.

g)   Participación en calidad de tutor,  oponente  o asesor de tesis para aspirar a grados científicos, trabajos de terminación de residencias y la asesoría de trabajos científicos  estudiantiles presentados  en  Jornadas Nacionales. Este aspecto se considera sólo cuando el aspirante ostente Categoría Docente. 

h)   Hago  constar  que acredite su condición de miembro de sociedades científicas  nacionales o extranjeras de la especialidad  a  que  aspira, precisando si es miembro titular, numerario, adjunto o auxiliar.

i)     Certificación  que acredite el grado de  suficiencia que posee en un idioma extranjero.

 

 
: Editor Principal. Especialista de II grado en Oftalmología y MGI, Msc. Longevidad Satisfactoria, Prof. Asistente | Instituto Cubano de Oftalmología - Ministerio de Salud Pública| Calle 76 e/ Avenida 31 y 41. Marianao, La Habana, 11500, Cuba | Teléfs.:(537) 2654800, Horario de atención: 8:00 AM a 4:30 PM, de Lunes a Viernes