jueves, 25 de abril de 2024
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Medicina Natural y Tradicional



CENAMENT OBJETO SOCIAL

1. Fungir como rector de toda la actividad de Medicina Tradicional y Natural en el país, así como establecer, controlar y evaluar el cumplimiento de las políticas, estrategias y planes de trabajo relacionados con ésta área del conocimiento, tanto dentro como fuera del Sistema Nacional de Salud.

2. Coordinar las actividades de la Comisión Nacional para el Desarrollo de la Medicina Tradicional y Natural.

3. Promover la integración de la Medicina Tradicional y Natural (MTN) al Sistema Nacional de Salud, proponiendo las estrategias para su desarrollo y garantizando su materialización.

4. Establecer las normas, procedimientos y regulaciones que se consideren necesarias para a aplicación de los recursos, técnicas y procedimientos de la Medicina Tradicional Natural, dentro y fuera del Sistema Nacional de Salud.

5. Regir como Centro de Referencia Nacional, donde se realicen consultas especializadas de Medicina Tradicional y Natural, en sus diversas modalidades terapéuticas, tanto para pacientes nacionales como extranjeros.

6. Contribuir en la formación y desarrollo de la Red de Servicios de Medicina Tradicional Natural en el Sistema Nacional de Salud.

7. Acreditar las instituciones del Sistema Nacional Salud que integran la red nacional de centros provinciales y municipales para el desarrollo de la Medicina Natural y Tradicional

8. Participar con el Centro de Farmacoepidemiología en el establecimiento de políticas terapéuticas que integren los recursos de la Medicina Tradicional Natural.

9. Participar con el Centro Nacional de Control de los Medicamentos y el Buró Regulatorio en la definición y cumplimiento de los requisitos para el registro de los Productos Naturales y la autorización para el empleo en el Sistema Nacional Salud de cualquiera de los recursos, técnicas y procedimientos vinculados a la Medicina Tradicional y Natural.

10. Participar en la definición y ejecución de las estrategias para la formación y capacitación de los recursos humanos en Medicina Natural y Tradicional.

11. Buscar, seleccionar y diseminar información que aporte las evidencias científicas requeridas por las autoridades regulatorias para generalizar el empleo de los recursos terapéuticos de este tipo de medicina.

12. Organizar encuentros, jornadas, eventos, talleres, y cursos nacionales e internacionales y asumir, de conjunto con las Direcciones correspondientes del Ministerio de Salud Pública, la responsabilidad de aprobar los programas oficiales de estas actividades.

13. Planificar y desarrollar cursos de formación y capacitación en la actividad y otras afines, en moneda nacional y a extranjeros en moneda libremente convertible.

14. Contribuir con la Dirección de Ciencia y Técnica del Ministerio de Salud Pública en la planificación, control y evaluación de las investigaciones, así como promover el desarrollo científico - técnico y la aplicación del resultado de las investigaciones en Medicina Tradicional y Natural.

15. Realizar investigaciones independientes y/o conjuntas con los Centros que correspondan, para el Desarrollo de la Medicina Tradicional y Natural y con cualquier otra entidad, dentro y fuera del Sistema Nacional de Salud, sobre cualquiera de las modalidades o formas en que se expresa esta Medicina.

16. Establecer convenios de colaboración e intercambio científico – técnico así como  asesorías y consultorías en moneda nacional y a personal extranjero en moneda libremente convertible.

17. Decidir, de conjunto con el Área de Docencia e Investigaciones y el Centro Nacional de Promoción y Educación para la Salud, la política editorial y las prioridades de la promoción y  divulgación, en cualquiera de las modalidades y formas en que se expresa esta Medicina.

18. Participar en la planificación, organización, control de la producción y evaluación de la prescripción de los Productos Naturales, de conjunto con las Direcciones de Farmacia, Planificación de los Medicamentos y el Área de Asistencia Médica, evaluando el cumplimiento de las exigencias establecidas en el Sistema de Garantía de la Calidad.

19. Asumir la dirección metodológica de las Farmacias Homeopáticas y de Terapia Floral en todo el país.

20. Desarrollar procedimientos, equipos y productos a partir del resultado de las investigaciones y de los recursos naturales estudiados con propiedades terapéuticas, hasta nivel de patente, derecho de autor, así como su comercialización mayorista con entidades nacionales en ambas monedas y extranjeras en moneda libremente convertible.

21. Evaluar sistemáticamente el cumplimiento de las indicaciones del Ministerio de Salud Pública, el Partido y el Gobierno en el tema de la Medicina Tradicional y Natural.

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: Editor principal, Lic. en Bioquímica DrCs en Ciencias de la Salud | Dirección de Ciencia y Técnica, Vicerrectoría de Postgrado, Universidad Médica de La Habana | Ave. 25 y 146, Cubanacán, Playa, Ciudad de La Habana, CP 11300 Cuba | Teléfs.:(537) 2084115 y (537) 2083995, Horario de atención: lunes a viernes, de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.


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